2309 - Donación Calle - Rizzi

ORDENANZA 2309/2019

 

VISTO:

 

El Expediente Nº 620190259/19 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por el Sr. Humberto Benito Rizzi, D.N.I. Nº 6.375.957, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 30 de septiembre de 2019.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico­ rural que la caracteriza.

 

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal para la apertura de la Calle 46, hoy Maestra Olga Prosdócimo, facilitando el desarrollo urbanístico del sector.

 

Que a los fines de la pertinente inscripción registral de las parcelas donadas a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.

 

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620190259/19, surge y quedó acreditado que el Donante Humberto Benito Rizzi, es propietario Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que donan a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 1438.

 

Que con el Acta de Donación Gratuita, de carácter Irrevocable, obrante en el Expediente Nº 620190259/19 a foja 037, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por el Sr. Humberto Benito Rizzi a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 07 del 20 de noviembre de 2019.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

Artículo 1º.­ Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por el Sr. Humberto Benito Rizzi, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 1438, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 30 de septiembre de 2019, de 465,34 m2 (cuatrocientos sesenta y cinco metros cuadrados con treinta y cuatro centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad del Donante, todo según Croquis adjunto y que forma parte de la presente.

 

Artículo 2º.­ Afectar la fracción de terreno donada por el Sr. Humberto Benito Rizzi al Dominio Público Municipal y para apertura de Calle 46, hoy Maestra Olga Prosdócimo, con una superficie de 465,34 m2 (Cuatrocientos sesenta y cinco metros cuadrados con treinta y cuatro centímetros cuadrados).


Artículo 3º.­ Apruébase el Plano de Mensura de la Propiedad del  Sr.  Humberto Benito Rizzi, la cual según título se encuentra inscripta bajo la Matrícula Nº 424.232, propiedad Nº 1302­0602756­9, y que abarca la manzana 41­D­05/06 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.

 

Artículo 4º.­ Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión,  se formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1112–B­1956.

 

Artículo 5º.­ Elevar la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma, dése al registro del Concejo Deliberante, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2019.

 

 

Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante