El Concejo Deliberante aprobó el Proyecto de ampliación de la Red de Gas Natural

El Concejo Deliberante de Colonia Caroya, este miércoles aprobó por unanimidad la ampliación de la Red de Gas Natural en los sectores que así lo requieran, abarcando Zona Urbana y Rural de la ciudad, según la documentación elaborada y emitida por la Distribuidora de Gas del Centro S.A. Las obras se declaran de “Utilidad Pública y de Pago Obligatorio” para todos los frentistas beneficiarios.

 

 

El importe de inversión y/o costo total de las Obras de Gas Natural, será prorrateado entre todos los titulares de los inmuebles, en concepto de inversión en obra y recupero, denominado: “Contribución por Mejoras – Red de Distribución de Gas Natural – y derivaciones Domiciliarias”.

 

La Municipalidad actuará como gestor y administrador de las obras, adquiriendo los materiales e insumos y construyéndolas con recursos propios y/o de tercero, y el mantenimiento técnico, operación y explotación del servicio, correrán por cuenta de la Distribuidora de Gas del Centro.

 

Creación del Fondo Municipal de Gas

 

El Fondo Municipal de Gas será destinado al pago de todo otro gasto proveniente de la ejecución de las referidas obras, a la construcción de obras de infraestructura adicionales, al pago de los establecimientos públicos que le correspondan a la Municipalidad, a los excesos confiscatorios, al pago de mayor importe que por error se hubieran consignado en las cuentas de los contribuyentes y que fueran atribuibles a la Municipalidad, a los servicios de Asesoramiento Profesional, Dirección y Representación Técnica de las Obras. Y atender a la financiación social a contribuyentes carenciados y de bajos recursos.

 

 

Modalidad de pago

 

Establécese como modalidad de pago, a la que podrá optar cada frentista, las siguientes alternativas:

 

a)      de Contado, con 5% de descuento.

 

b)      A plazos, según la siguiente modalidad:

 

 

1)            Hasta tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin interés de financiación.

2)            Hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con un interés del 1 % mensual sobre saldo.

3)            Hasta 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con un interés del 2% mensual sobre saldo.

        

 

Establézcase como precio a pagar por metro lineal de frente tributario que corresponde a cada propiedad de la zona Urbana, la suma de pesos DOS MIL CUARENTA ($ 2.040,00) y de pesos OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 8.860,00) por cada servicio domiciliario solicitado.

 

Establézcase el coeficiente tributario para zona Rural  denominada Unidad Económica, equivalente a veinte metros de longitud de obra, que multiplicado por el valor del metro lineal determinado para la zona Urbana, establecido en  pesos DOS MIL CUARENTA ($ 2.040,00), asciende a una suma de pesos CUARENTA MIL OCHOCIENTOS ($ 40.800,00), de tal forma que todo proyecto de extensión de la red de gas Natural en la Zona Rural se prorrateará en función de dicha unidad por cada parcela.