2002 - Disposición Parcelas y Kits de Vivienda

ORDENANZA 2002/2016

 

 

VISTO:

La Ordenanza N° 1856/14 mediante la cual se crea el Plan Habitacional Municipal para la construcción de viviendas por la ejecución de distintas estrategias según los criterios de privilegio que se tengan en cuenta.

 

El Artículo 109 Inciso 15 de la Carta Orgánica Municipal de donde se desprende que es el órgano deliberante quien  debe autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones, aceptar o rechazar donaciones y legados con cargo y a enajenar bienes del dominio privado municipal o la constitución de gravámenes sobre ellos.

 

Y CONSIDERANDO:

Que esta Ordenanza no hace más que cumplir con un acto administrativo que va a llevar a disponer por parte del Poder Ejecutivo de dos parcelas de terreno municipal a los fines de que se utilicen para ser sorteadas entre los inscriptos al Padrón Permanente de Demanda de Vivienda. En las mismas se encuentran construidas viviendas según tipologías de la Ordenanza 1856/14.

 

Que por Ordenanza 1801/13 se autorizó por parte de este cuerpo legislativo a la adhesión al Programa Kits de Materiales para la Construcción de Viviendas y a suscribir el Convenio de Colaboración en el marco de la Resoluciones Nº 0046/2013 de la Dirección de Vivienda y  Nº 089/13 del Ministerio de Infraestructura, desde el mencionado programa y en esfuerzo compartido entre la Provincia y la Municipalidad se entregaron los kits.

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 26 del  día 17 de agosto de 2016.

 

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º.- Autorícese  al Departamento Ejecutivo Municipal para la disposición de dos parcelas de terreno a saber con todo lo clavado, plantado y adherido al suelo que en ellos se encuentren: 1) Terreno ubicado en calle 51 N° 276. Manzana 15 B 15 Parcela 23. Registrado bajo Catastro Municipal al N° 8511. Datos catastrales Provinciales Circunscripción 03. Sección 01. Manzana 66.  Parcela 23. 2) Terreno ubicado sobre  calle 42  (O. Conterno)  Nª  1508, 1516, 1522 esquina 14  (Coseani)  en Manzana 12 B 02 Parcela 20. Registrada bajo Catastro Municipal con el N° 8376. Datos Catastrales Provinciales  Circunscripción 02 Sección 01 Manzana 035.

 

Artículo 2º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal para disponer de los kits de materiales para la construcción de viviendas receptadas mediante el Programa “Kits de materiales para la Construcción de Viviendas” por parte del Gobierno de la Provincia de Córdoba.

 

 

Artículo 3º.- Las autorizaciones precedentes serán a los fines de ser dispuestas las parcelas y los kits de materiales para el sorteo entre los inscriptos al Padrón Permanente de Demanda de Vivienda y Padrón Permanente de Demanda de Vivienda con terreno.

Artículo 4º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, Publíquese y Archívese.

DADA EN SALA, DR. RAUL RICARDO ALFONSIN, DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL  17 DE AGOSTO DE 2016.

 

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante