2208 - Acuerdo salarial

ORDENANZA 2208/2018

VISTO:

El Acuerdo Salarial celebrado entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Colonia Caroya, con fecha 22 de octubre de 2018.

Y CONSIDERANDO:

Que la solicitud de incremento salarial está fundada en la necesidad de reconocer, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que el ingreso de los trabajadores municipales sufren como consecuencia del alza generalizada de los precios de la canasta familiar.

Que la solicitud tiene por objeto otorgar un incremento salarial para el último tramo del año 2018 y eventualmente un pago de suma de carácter no remunerativo para el periodo Enero de 2019, en caso de no suscribirse antes una nueva Pauta Salarial para el año 2019; como así también incorporar una suma de carácter remunerativa a partir del periodo Febrero 2019, previo acuerdo de las partes en la distribución de la misma.

Que con fecha 22 de octubre de 2018, el Departamento Ejecutivo Municipal suscribió un Acuerdo Salarial con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Colonia Caroya quedando comprendidos en el mismo los Agentes de Planta Permanente y el personal vinculado por contrato administrativo de trabajo a plazo fijo.

Que el Acuerdo suscripto no comprende a las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejales y Tribunos de Cuentas.

Que el dictado de la presente Ordenanza se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 109 y concordantes de la Carta Orgánica Municipal, y a solicitud del Departamento Ejecutivo, quien interpreta las necesidades del personal a su cargo, y acuerda las pautas generales con el gremio.

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Especial Nº 5 del 23 de octubre de 2018.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos el Acuerdo Salarial suscripto entre la Municipalidad de Colonia Caroya, representada por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Horacio Brandán y el Sr. Secretario de Administración y Finanzas, Miguel Ángel Pérez; y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Colonia Caroya, representado por su Secretario General, Sr. Luis Eduardo Vandersande, su Secretaria de Finanzas, Sra. Mónica Margarita Arrieta, y su Secretario Adjunto Sr. Héctor Hugo Videla, cuyo contenido se adjunta a la presente como Anexo I, formando parte integrante de la misma.

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Artículo 2º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a lo normado en la presente ordenanza.

Artículo 3º: Quedan excluidos de los alcances de la presente ordenanza, las personas que revistan los siguientes cargos:

a) Intendente Municipal.

b) Secretarios, Subsecretarios y Directores (que hayan optado por la remuneración del cargo político).

c) Asesor Letrado Municipal y Contadora General.

d) Concejales y Tribunos de Cuentas.

Artículo 4º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ESPECIAL DEL 23 DE OCTUBRE DE 2018.

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante