2227 - Condonación Deuda Centro de Jubilados

ORDENANZA Nº 2227/2018

VISTO:

El Convenio de Condonación de Deuda celebrado entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Centro de Jubilados, Pensionados y Abuelos de Colonia Caroya.

Y CONSIDERANDO:

Que los Convenios deben ser ratificados por el Concejo Deliberante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109, inciso 28, que establece que el Concejo Deliberante debe ratificar o rechazar los Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con organismos internacionales, nacionales, regionales, provinciales, municipales o comunales, públicos o privados.

Las atribuciones conferidas por el Artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal al Concejo Deliberante.

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 43 del día 12 de diciembre de 2018.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Condonación de Deuda suscripto entre el Centro de Jubilados, Pensionados y Abuelos de Colonia Caroya, representado por su Presidente, Carlos Efraín Ardiles y por su Tesorero, Adrián Marcelo Nanini y la Municipalidad de Colonia Caroya, representada por el Intendente Municipal, Dr. Gustavo Horacio Brandán, y el Secretario de Administración y Finanza, Sr. Miguel Ángel Pérez, cuyos contenidos se adjuntan a la presente como Anexo I.

Artículo 2º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 12 DE DICIEMBRE DE 2018.

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante