1930 - Comodato Grupo Scout 360

                     ORDENANZA 1930/2015

VISTO:

El Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Grupo Scout 360 “San Antonio de Padua”.

 

Y CONSIDERANDO: 

El artículo 145, inciso 8, de la Carta Orgánica Municipal en donde es atribución del Intendente celebrar Convenios sujetos a aprobación del Concejo Deliberante. 

Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante en el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal. 

Su tratamiento y aprobación  por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 5  del  04 de noviembre de 2015.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 ORDENANZA

Artículo 1º.- Ratifícase el Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Grupo Scout 360 “San Antonio de Padua”, el cual se adjunta a la presente como Anexo I.

Artículo 2º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y archívese.

­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­DADA EN SALA  DR. RAUL RICARDO ALFONSIN   DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 04 DE NOVIEMBRE DE 2015.

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante