2443 - Donación de Calle - Campana

ORDENANZA Nº 2443/2021

 

 

VISTO:

 

El Expediente Nº   620210133/21 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por el Sr. Primo Humberto Campana, D.N.I. Nº 7.956.647, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 30 de Agosto de 2021.

 

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.

 

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al dominio público Municipal para apertura de Calle 13-Gorizia, entre 43-J.A.Nanini y Av. San Martin, facilita el desarrollo urbanístico del sector.

 

Que, a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.

 

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620210133/21, surge y quedó acreditado que el Donante Primo Humberto Campana, es propietario Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 1458, y que dicho Inmueble se encuentra libre de todo gravamen.

 

Que con el Convenio de Donación de Inmueble, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº  620210133/21, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por el Sr. Primo Humberto Campana, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria N° 31 del día 22 de septiembre de 2021.

 

POR TODO ELLO:

 

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por el Sr. Primo Humberto Campana, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 1458, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 30 de Agosto de 2021, de Ochocientos noventa y ocho metros con cincuenta centímetros cuadrados de terreno que son parte de mayor superficie propiedad del Donante, todo según Croquis adjunto y que forma parte de la presente.

 

Artículo 2º.- Afectar la fracción de terreno donada por el Sr. Primo Humberto Campana al Dominio Público Municipal y para apertura de Calle 13-Gorizia, entre Calles43-J.A.Nanini y Av. San Martín, con una superficie de 898,50 m2  (ochocientos noventa y ocho metros con cincuenta centímetros cuadrados).

 

Artículo 3º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba, según Ley de Catastro Provincial Nº 5.507 y modificatorias.

 

Artículo 4º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA, DR. RAUL RICARDO ALFONSIN, DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

 

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

 

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante

 


Anexo I

 

 

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

 

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante