1960 - Rectificación ordenanza 1889 Donación de calle Zenarolla
ORDENANZA 1960/2016
VISTO:
El Expediente Nº 48681/15 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por los Sres. Paula María Zenarola, D.N.I. Nº 32.925.666, y Fernando Zenarola, D.N.I. Nº 10.165.983, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 10 de febrero de 2015.
La Ordenanza 1889/15, sancionada con fecha 20 de mayo de 2015, y promulgada mediante Decreto Nº 228/15 de fecha 03 de junio de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que la Ordenanza 1889/15 ha sido confeccionada en base a Convenio de Donación de Inmueble, celebrado entre la Municipalidad de Colonia Caroya y los Sres. Paula María Zenarola y Fernando Zenarola de fecha 10 de febrero de 2015.
Que con posterioridad a la confección del mencionado Convenio de Donación de Inmueble, los titulares de la parcela han realizado la correspondiente mensura y subdivisión de la parcela de terreno de su propiedad.
Que con motivo de la mencionada Mensura y Subdivisión, surge la regularización de superficies destinadas a ocupación de calles 45-Don Bosco y 15-Santos Zaya.
Que en virtud del mencionado plano corresponde rectificar las medidas lineales y de superficies afectadas al dominio público, y que surgieran del Convenio de Donación de Inmueble.
Que en al Expediente 48681/15, obra foja Nº 016 el correspondiente Plano de Mensura y Subdivisión debidamente aprobado por el Colegio Profesional de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba, Delegación Nº 9 Norte.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 6 del 23 de marzo de 2016.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Ordenanza 1889/15, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por los Sres. Paula María Zenarola y Fernando Zenarola, titulares de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 0061, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Convenio de Donación de Inmueble, de carácter irrevocable a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, de fecha 10 de febrero del año2015, de 2.256,54 m2 (dos mil doscientos cincuenta y seis metros cuadrados con cincuenta y cuatro centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de los Donantes, todo según Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba, Delegación Nº 9 Norte, de fecha 20 de noviembre de 2015.
Artículo 2º.- Rectificar el Artículo 2º de la Ordenanza 1889/15, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Afectar la fracción de terreno donada por los Sres. Paula María Zenarola y Fernando Zenarola al Dominio Público Municipal y para apertura de Calle 45, hoy Don Bosco; y de Calle 15, hoy Santos Zaya, entre Av. San Martín y Don Bosco, con una superficie de 2.256,54 m2 (dos mil doscientos cincuenta y seis metros, con cincuenta y cuatro centímetros cuadrados).
Artículo 3º.- Agregar el Artículo 2-bis, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébase el Plano de Mensura y Subdivisión de la Propiedad de los Sres Paula María Zenarola y Fernando Zenarola, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula Nº 1.358.133, propiedad Nº 1302-0251647/6; y que forma parte de las manzanas 12-C-03 y 12-C-04 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.
Artículo 4º.- Elevar la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma, dése al Registro del Concejo Deliberante, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 23 DE MARZO DE 2016.
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Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |
