1986 - Prórroga Emergencia económica

ORDENANZA 1986/2016

 

VISTO:

 

La Ordenanza Nº 1914/15 que Declara la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que si bien, la situación económica del municipio ha tenido una debida contención gracias a los beneficios de la Ordenanza de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa, que ha permitido renegociar la deuda heredada de la gestión anterior y que significó una reducción en un importe aproximado de pesos once millones ($11.000.000), no es menos cierto que el nivel de endeudamiento público municipal persiste,  ya que el municipio se vio obligado a solicitar al Gobierno Provincial un adelanto de coparticipación provincial por la suma de pesos nueve millones ($ 9.000.000), para ser imputados a gastos corrientes, pagos de sueldos, proveedores corrientes y pago de parte de la deuda renegociada, habiendo recibido a la fecha de parte de la Provincia la suma de pesos siete millones ($7.000.000).

 

Que es necesario continuar con el proceso de renegociación de las obligaciones asumidas por la administración anterior y su correspondiente verificación, con el agravante que ante la falta de registros adecuados y confiables de la contabilidad municipal, han aparecido nuevas acreencias no registradas en el acta de transferencia, como por ejemplo:

a) Los créditos reclamados por la Voz del Interior por publicidad de los años 2013, 2014 y 2015;

b) La supuesta deuda de la Cantera San Cayetano;

c) Las rendiciones del FODEMEEP:

d) Las rendiciones del Fondo Federal Solidario;

e) Las contrataciones a la Empresa CIAR S.A. y a Moliendas Rincón para el compactado de sub-base, relleno en calles ubicadas en Barrio Lote XV y los fondos pendientes de calcular para la culminación de la obra.

f) Las numerosas cartas documentos de personas que dicen haber sido contratadas por la gestión anterior;

g) El juicio ejecutivo iniciado por el Sr. Edgar Daniel Borgobello en contra de este municipio.

 

Que  resulta insuficiente el plazo de la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa declarada por Ordenanza Nº1914/2015, ya que subsisten los  efectos negativos en las arcas municipales de la deuda  de la Administración  anterior, lo que impone la necesidad de la prórroga de la declaración de la Emergencia Administrativa y Económica respectiva, para resguardar y asegurar la prestación de los servicios públicos municipales y el cumplimiento de las potestades y obligaciones constitucionales de esta Municipalidad para con la comunidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación  en Sesión Ordinaria Nº 19 del  día 30 de junio de 2016.

 

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo 1º.-  Prorrógase  el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 1914/15 hasta el 31 de diciembre de 2016 en todos sus términos.

 

Artículo 2º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.

DADA EN SALA, DR. RAUL RICARDO ALFONSIN, DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL  30 DE JUNIO DE 2016.

 

 

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante