2759 - Modificación Comisión Terra Nostra

                                               ORDENANZA Nº 2759/2026

 

VISTO:

 

La Ordenanza N° 2299/2019, mediante la cual se creó el Programa con fines habitacionales “Terra Nostra”.

 

Y CONSIDERANDO:

Que la dinámica del funcionamiento de la Administración Pública Municipal ha originado diversos cambios en la estructura orgánica del Departamento Ejecutivo, por lo que resulta necesario adaptar la conformación de la Comisión Ejecutora del Programa “Terra Nostra” a la realidad actual del Organigrama del Departamento Ejecutivo Municipal, a los fines de dejar inequívocamente claro quiénes serán sus integrantes.

Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 10 del día 22 de abril de 2026.

 

POR TODO ELLO:

 

EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
 ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 2299/2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

 

Artículo 4°.- Integración. La Comisión Ejecutora está compuesta por ocho (8) miembros titulares y se integra de la siguiente forma:

 

     Un (1) representante de la Secretaría de Gobierno.

     Un (1) representante de la Secretaría de Economía y Finanzas.

     Un (1) representante de la Secretaría de Obras Públicas.

     Un (1) representante de la Subsecretaría de Obras Privadas.

     Tres (3) Concejales propuestos por el Concejo Deliberante a consideración de cada uno de los bloques políticos que lo conforman, y sus respectivos miembros suplentes.

     Un (1) integrante del Personal de Planta Permanente del Municipio con el título de Trabajador/a Social o Asistente Social.

 

Los integrantes de la Comisión Ejecutora serán designados por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal. En el mismo acto de designación de los miembros titulares, se designará igual cantidad de miembros suplentes.

 

La Comisión Ejecutora tomará sus decisiones por mayoría absoluta de sus miembros, y tendrá carácter permanente, debiendo reunirse de manera periódica.

 

A los fines prácticos y administrativos la Comisión podrá designar el personal que considere necesario.”

 

Artículo 2º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAÚL RICARDO ALFONSÍN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 22 DE ABRIL DE 2026.

 

                                

              Andrés Vidal Villalba                                                    Eliana De Buck

             Secretario Legislativo                                                        Presidente

               Concejo Deliberante                                                 Concejo Deliberante