2128 - Convenio Gas natural
ORDENANZA Nº 2128/2017
VISTO:
Que en la Ordenanza 2103/17 se dispone la ampliación de la red de gas natural de acuerdo a la Resolución Normativa N° 1/910 emanada por el Enargas.
Que es intención del Gobierno de la Provincia de Córdoba, en el marco del Plan Quinquenal de Infraestructura Gasífera 2015/2019, dotar y facilitar a todos los habitantes de la provincia el acceso al servicio de gas natural.
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba crea, a través del Decreto N° 1600/2017, el Fondo de Financiamiento de Redes Domiciliarias de Gas Natural, cuyo destino son los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba para el desarrollo de obras de redes de distribución domiciliaria de gas natural.
Y CONSIDERANDO:
Que la obra de provisión de gas natural domiciliario a los vecinos de Colonia Caroya es prioritaria para el desarrollo de la vida social y económica, atendiendo las necesidades domésticas, institucionales, comerciales e industriales de esta ciudad.
Que corresponde dictar instrumentos legales necesarios para que el Departamento Ejecutivo Municipal, pueda administrar y ejecutar las obras de Gas Natural de acuerdo con el proyecto integral DC N° 00225 realizado por la Distribuidora de Gas del Centro S.A. (Ecogas) y que abarca toda la zona urbana, y a distintos proyectos particulares aprobados por Ecogas, situados dentro de su ejido y en la zona rural de esta ciudad.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 45 del día 27 de diciembre de 2017.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase esta Municipalidad al Convenio para el Financiamiento de Redes de Distribución Domiciliaria de Gas Natural, suscripto por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Banco de Córdoba S.A. y Distribuidora de Gas del Centro S.A., aprobado por Decreto 1600/2017 de fecha 12 de octubre de 2017.
Artículo 2º.- Ratifícase por esta Municipalidad todas y cada uno de los términos de chicho acuerdo, autorizando expresamente la suscripción al Señor Intendente Municipal de todo convenio o acuerdo que permita hacer efectivo el cumplimiento de cada uno de los puntos contenidos en el Convenio para el Financiamiento de Redes de Distribución Domiciliarias de Gas Natural.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2017.
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Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |
