2769 - Donación Catastro 128 Ghisiglieri
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ORDENANZA N° 2769/2026
VISTO:
El Expediente N” 620250475/2025, del cual surge la Donación e Irrevocable realizada por el Ghisiglieri, Carlos Alberto, D.N.I. N”: 16.198.582, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de donación de fecha 17 de Junio de 2026.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de inmuebles que se efectœen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que las parcelas de terreno que se donan al Municipio y afectÆndose al Dominio Pœblico Municipal, para el ensanche de la Calle 14- R. Coseani (sur) y la donación de la calle 122, facilitan el desarrollo urbanístico del sector.
Que, a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.
Que de las constancias obrantes en el Expediente N.” 620250475/2025, surge y quedó acreditado que el Donante Ghisiglieri, Carlos Alberto, es propietario Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal N” 128, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
Que, con el Convenio entre las partes, obrante en el Expediente N.” 620230311/2023, se acordó la donación de superficies destinadas a la apertura de la calle 122, del ensanche de la Calle 14 sur y la donación destinada al Banco Municipal de Inmuebles, todos de carÆcter irrevocable, luego efectuados en el Expediente de subdivisión N.” 620250475/2025, donde se acreditó la donación de las parcelas relacionadas precedentemente, efectuada por el Sr. Ghisiglieri, Carlos Alberto a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria N” 25 del 05 de agosto de 2026.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1”.- Aceptar la donación irrevocable realizada por el Sr. Ghisiglieri, Carlos Alberto, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal N” 128, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de donación con fecha 17 de junio de 2026, de 4.157,90 m2 (cuatro mil ciento cincuenta y siete con noventa metros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad del Donante, todo segœn Plano adjunto y que forma parte de la presente.
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Artículo 2”.- Afectar la fracción de terreno de 4.157,90 m2 (cuatro mil ciento cincuenta y siete con noventa metros cuadrados) donada por el Sr. Ghisiglieri, Carlos Alberto, al Dominio Pœblico Municipal y que afecta el ensanche de la Calle 14- R. Coseani (sur) y la apertura de la calle 122, y que consta inscripta bajo Matrícula N° 427.234.
Artículo 3”.- Aceptar la Donación Gratuita realizada por el Sr. Ghisiglieri, Carlos Alberto, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal N° 128, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta de donación e Irrevocable de fecha 17 de junio de 2026, una fracción de terreno que conforma la Manzana designada como 19-A, de 15,30 metros lineales en su frente y contrafrente, por 50,00 metros lineales de fondo, haciendo una superficie total de 765,00 m2 (setecientos sesenta y cinco metros cuadrados), que es parte de una superficie mayor propiedad del Donante, y que consta inscripta bajo Matrícula N° 427.234.
Artículo 4”.- Afectar la parcela donada por el presente, conforme se describe en el Art. 3°, y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en el Artículo 17 de la Ordenanza 2361/2020, siendo el destino para Equipamiento Comunitario, Usos Institucionales y Banco Municipal de Inmuebles.
Artículo 5”.- ApruØbase el Plano de Mensura y Subdivisión de la propiedad del Sr. Ghisiglieri, Carlos Alberto, la cual segœn título se encuentra inscripta en la Matrícula N° 427.234, propiedad N° 130200576447, y que abarca la manzana 19-A de este Municipio, segœn plano de planificación de Colonia Caroya.
Artículo 6”.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba, segœn Ley de Catastro Provincial N” 5.507 y modificatorias.
Artículo 7°. - ElØvese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 05 DE AGOSTO DE 2026.
AndrØs Vidal Villalba Secretario Legislativo Concejo Deliberante
Eliana De Buck Presidente
Concejo Deliberante
AndrØs Vidal Villalba Secretario Legislativo Concejo Deliberante
Eliana De Buck Presidente
Concejo Deliberante


